

















+ Acceso a las carpetas de los Usuarios de la Asesoría (Clientes, Personal y mucho más).
+ Archivos compartidos (Olvídate de WeTransfer o servicios similares).






ESTÁNDAR
Para pequeñas asesorías con una cartera de clientes limitada y sin miembros (empleados)- Acceso a todas las funcionalidades básicas
- Sin límite de facturas / mes
- Hasta 5 Usuarios Recurrentes
- Controles Trimestrales
- 5GB Almacenamiento
PREMIUM Popular
Para asesorías medianas en expansión sin límites de miembros y con funcionalidades que fidelizan- Acceso a Facturación para usuarios recurrentes
- Todo del plan Estándar +
- Hasta 150 Usuarios Recurrentes
- Acceso a integraciones
- Escaneo y clasificación de documentos automático
EMPRESA
Para las asesorías más exigentes y que necesitan aprovechar al máximo todos los recursos- Acceso remoto a la plataforma de tus clientes
- Todo en plan Premium +
- Usuarios recurrentes ilimitados
- Branding
- Acceso a integraciones avanzadas
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Los Sistemas Informáticos pueden ser “SOLO VERI*FACTU” (permiten exclusivamente el uso como VERI*FACTU) o “duales” (que permiten ser usados, a elección, como VERI*FACTU Y NO VERI*FACTU) y es el cliente (usuario del sistema informático) quien elige el modo de funcionamiento. En nuestro caso, somos un Sistema Informático Dual con capacidad remitir voluntariamente a la Sede de la Agencia Tributaria los Registros de Facturación.
Con Asesorr tanto Asesorías como sus clientes podrán facturar electrónicamente. Si bien, a día de hoy sólo es posible facturar electrónicamente a AAPP. La Facturación Electrónica entre empresarios será posible cuando se apruebe el borrador del desarrollo reglamentario de la Ley “Crea y Crece”, y siempre, antes del plazo límite fijado para la obligación de facturar electrónicamente entre empresarios y/o profesionales.
Sí, nuestro Sistema Informático de Facturación (SIF) cumple con todas las especificaciones técnicas y funcionales a que se refieren tanto el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los SIF que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de Diciembre; como el artículo 6.5 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de Facturación, aprobado por el RD 1619/2012, de 30 noviembre.
No, no hay ningún tipo de permanencia en nuestra relación contractual. Si deseas finalizar nuestros servicios puedes hacerlo en cualquier momento sin ningún tipo de penalización. Con la resolución del contrato, te entregamos copias de toda la documentación y ficheros en nuestro poder.

